Jubilación flexible para autónomos y medidas laborales por altas temperaturas

Julio y agosto siempre traen las mismas dos preguntas a la asesoría: cómo funciona la jubilación flexible para quien quiere seguir facturando, y qué hay que hacer con la plantilla cuando aprieta el calor trabajo adentro. Este año, con la reforma del Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, en vigor desde el 1 de abril de 2025, las novedades jubilación flexible son sustanciales para autónomos societarios. Y las obligaciones frente a las altas temperaturas ya no admiten improvisación. Vamos al grano.

⚠️ Nota importante: La normativa fiscal y laboral puede cambiar a lo largo del año. Este artículo está actualizado a la fecha de publicación. Antes de tomar decisiones operativas, contrasta los datos con el BOE o consulta con tu asesor.

¿En qué consiste la nueva jubilación flexible para autónomos tras el RDL 11/2024?

La jubilación flexible, en su modalidad de jubilación activa, permite cobrar la pensión y seguir trabajando por cuenta propia o ajena, siempre que hayas alcanzado la edad ordinaria de jubilación. Nada de anticipadas ni de bonificaciones de edad: eso queda fuera. Lo regula el artículo 214 de la LGSS (RDL 8/2015), modificado por el Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre.

Lo cuento en corto: el régimen anterior permitía compatibilizar un porcentaje fijo de la pensión con la actividad. Ahora la cosa cambia y se vuelve progresiva.

El porcentaje de pensión compatible aumenta según los años que dejes pasar desde la edad ordinaria de jubilación. Cuanto más tarde actives la compatibilidad, más cobras de tu pensión mientras sigues en activo. La lógica del legislador es clara: premiar la permanencia voluntaria.

En la asesoría vemos a diario clientes que se plantean esta figura porque tienen SL familiares y quieren pilotar la transición sin cerrar de golpe. Es un escenario típico de nuestra asesoría fiscal para sociedades.

¿Qué porcentajes de pensión se pueden cobrar según las novedades jubilación flexible?

Con las novedades jubilación flexible introducidas por el RDL 11/2024, la escala es progresiva según los años transcurridos desde la edad ordinaria de jubilación: 45% el primer año, 55% al segundo, 65% al tercero, 80% al cuarto y 100% a partir del quinto. Está en el artículo 214.2 LGSS reformado.

Dato clave: Si tienes contratado de forma indefinida al menos a un trabajador con una antigüedad mínima de 18 meses —o si contratas de forma indefinida a una persona sin vínculo laboral previo contigo en los dos años anteriores—, puedes acceder al 75% de la pensión durante los primeros tres años de demora, en lugar del 45% general. El contrato debe ser indefinido: no vale cualquier tipo de contrato.

Esto es un cambio de mentalidad importante. El sistema ahora te “invita” a esperar. Si tu salud aguanta y tu actividad tira, retrasar la activación puede significar cobrar el 100% de la pensión y seguir facturando desde tu SL.

Un ejemplo concreto para que se vea claro. Autónomo societario que alcanza su edad ordinaria de jubilación y, si activa la jubilación flexible cinco años después, compatibiliza el 100% de su pensión con los rendimientos de su actividad. Cero recortes.

¿Cuánto se cotiza con la cotización de solidaridad del 9%?

Durante la jubilación activa hay una cotización de solidaridad del 9% sobre la base de cotización del pensionista. Se reparte 7% empresa / 2% trabajador, pero en el RETA la asume íntegramente el autónomo. Está regulado en los artículos 153 y 214.6 LGSS tras el RDL 11/2024.

Te explico: esta cotización no genera nuevos derechos de pensión. Es una aportación de solidaridad al sistema, no un ahorro futuro. Así que si esperas mejorar tu base reguladora cotizando más años en activo, olvídate.

El impacto en la cuota mensual depende de la base de cotización de cada autónomo. Conviene meterlo en la cuenta cuando el cliente pregunta si le compensa. Y siempre le decimos lo mismo: depende del porcentaje compatible al que accedas y de tu volumen real de ingresos.

Si tu SL genera rendimientos estables y ya tenías previsto seguir al frente, la ecuación suele salir positiva. Si estabas dudando por cansancio, el 9% extra no será lo que incline la balanza. Para calcular el impacto real recomendamos siempre revisar la contabilidad completa con nuestra asesoría contable.


¿Qué obligaciones tiene una empresa frente al calor trabajo en verano?

El empresario debe evaluar el riesgo por estrés térmico y adoptar medidas preventivas, incluyendo adaptación o reducción de la jornada durante episodios de alerta meteorológica por calor. Lo establece el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, que modificó el RD 486/1997 sobre lugares de trabajo añadiendo un apartado al Anexo III.

Ya no basta con “poner ventiladores”. La empresa tiene que documentar la evaluación, actualizar el plan de prevención y comunicar las medidas.

Cuando AEMET emite alerta naranja o roja, y la evaluación de riesgos así lo determina, se prohíben determinadas tareas al aire libre. Construcción, jardinería, agricultura, reparto: los sectores más expuestos deben tener protocolos claros por escrito.

Los clientes nos preguntan por un umbral fijo de temperatura y no lo hay. La norma remite a la evaluación de riesgos y a los avisos de AEMET, no fija un grado concreto. Cada puesto se analiza según su carga física, exposición solar, ropa de trabajo y estado de salud del trabajador. Esa evaluación la coordinamos desde nuestra asesoría laboral.

¿Qué temperatura debe haber en una oficina según la normativa?

En locales de trabajo cerrados, la temperatura debe estar entre 17 y 27 °C para trabajos sedentarios de oficina, y entre 14 y 25 °C para trabajos ligeros. Lo fija el Anexo III del RD 486/1997, apartado 3.

Consejo: instala un termómetro visible en la zona de trabajo y registra las lecturas cuando haya quejas. Ese registro es tu mejor defensa ante una inspección o denuncia. Nos ha salvado a más de un cliente.

El marco general de obligaciones preventivas del empresario está en los artículos 14 a 16 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. Deber de protección, plan de prevención, evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva. Cuatro pilares que la Inspección revisa habitualmente.

Si tu oficina tiene aire acondicionado y funciona, generalmente el problema queda resuelto. El conflicto habitual llega en almacenes, obradores, talleres o comercios sin climatización adecuada. Ahí es donde recomendamos actuar antes de junio: ventiladores industriales, cortinas de aire, rotación de tareas, hidratación disponible.

¿Qué sanciones puede imponer Inspección de Trabajo por incumplir la normativa de calor?

Las infracciones graves en materia de prevención se sancionan con multas de 2.451 € a 49.180 €. Las muy graves, de 49.181 € a 983.736 €. Están tipificadas en el artículo 40.2.b) del RDL 5/2000 (LISOS), con las cuantías actualizadas por la Ley 12/2022 vigentes desde octubre de 2021.

No son cifras de manual. Son sanciones reales que hemos visto imponer a pymes. Y el problema no acaba ahí: si hay accidente laboral por golpe de calor y no hay evaluación de riesgos actualizada, puede entrar en juego el recargo de prestaciones que asume la empresa, no la mutua.

La graduación depende del tamaño de la empresa, la reincidencia y el daño causado. En cualquier caso, incumplir puede conllevar sanciones económicas significativas. Es más caro que hacerlo bien desde el principio.

Nuestra recomendación es revisar la evaluación de riesgos antes de mayo cada año. Sale más barato prevenir. Si estás constituyendo la empresa ahora, incorpóralo desde el inicio con nuestro servicio de constitución de sociedades.

¿Cómo combinar bien jubilación flexible y gestión laboral de la plantilla?

Si eres autónomo societario y estás en jubilación activa con al menos un trabajador contratado de forma indefinida (con antigüedad mínima de 18 meses, o nueva contratación sin vínculo laboral previo en los dos años anteriores), disfrutas del tramo mejorado (75% durante los tres primeros años), pero también asumes íntegramente las obligaciones preventivas frente al calor. No hay descuento por edad ni por condición de pensionista.

Vemos casos muy concretos. Dueño de taller mecánico en jubilación activa con dos oficiales contratados. Cobra el 75% de pensión, cotiza el 9% de solidaridad y debe garantizar temperatura entre 14 y 25 °C en el taller, evaluación de riesgo térmico y protocolo para días de alerta AEMET.

Compaginar ambas cosas exige orden. Nómina bien hecha, cotización correcta, evaluación de riesgos al día, contratos revisados. Cualquier fallo se paga doble cuando ya estás cobrando pensión, porque una inspección puede activar revisiones del INSS.

Para autónomos sin trabajadores, el escenario es más sencillo pero las obligaciones fiscales siguen ahí. Si es tu caso, echa un vistazo a nuestra asesoría para autónomos.

En resumen

La reforma del RDL 11/2024, en vigor desde el 1 de abril de 2025, cambia la jubilación activa: porcentajes progresivos del 45% al 100% según los años transcurridos desde la edad ordinaria, con tramo mejorado del 75% durante los tres primeros años si tienes al menos un trabajador contratado de forma indefinida (antigüedad mínima de 18 meses o nueva contratación sin vínculo previo). Cotización de solidaridad del 9% que asume íntegramente el autónomo en RETA. En materia laboral, el RDL 4/2023 obliga a evaluar el riesgo por calor, adaptar jornadas en alertas AEMET naranja o roja y mantener oficinas entre 17 y 27 °C. Sanciones de 2.451 € a 983.736 € según gravedad. Revisa contratos, evaluación de riesgos y cotizaciones antes del verano.

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