Si cobras por Bizum o vendes por internet, tenemos que hablar. Y va en serio. El binomio Bizum Hacienda, control negocio digital lleva tiempo siendo uno de los focos de la Agencia Tributaria, y en la asesoría lo vemos a diario: autónomos y sociedades que reciben pagos por la app pensando que “esto no lo ve nadie” y que, cuando les llega la carta, se dan cuenta de que sí, que lo ve todo el mundo. Especialmente la AEAT.
⚠️ Nota importante: La normativa fiscal y laboral puede cambiar a lo largo del año. Este artículo está actualizado a la fecha de publicación. Antes de tomar decisiones operativas, contrasta los datos en el BOE o en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, o consulta con tu asesor.
Te lo cuento en corto: cada movimiento que entra en tu cuenta bancaria tiene un rastro, y las plataformas digitales (Wallapop, Vinted, Airbnb, Amazon, Etsy…) ya están obligadas a chivarse. Así que si te dedicas al comercio electrónico, cobras servicios por Bizum o alquilas por plataformas, más te vale tenerlo todo declarado y bien atado.
En este artículo te explicamos qué mira exactamente Hacienda, qué normativa se aplica, qué sanciones te caen si te pillan, y cómo organizarte para dormir tranquilo. Sin humo.
¿Puede Hacienda ver mis cobros por Bizum?
Sí, y no es teoría. Las entidades bancarias están obligadas por ley a suministrar información sobre cuentas, movimientos y operaciones a la Administración Tributaria. Lo dice el artículo 93 de la Ley 58/2003, General Tributaria. Cualquier cobro con trascendencia tributaria puede ser requerido. Bizum incluido, porque técnicamente es una transferencia inmediata entre cuentas bancarias.
La confusión habitual del cliente es pensar que Bizum “no cuenta” porque es informal, rápido y va del móvil. Error. Un cobro es un cobro, se llame transferencia, tarjeta, efectivo o Bizum. Y la AEAT tiene competencia para pedir a tu banco el listado completo de movimientos si detecta que algo no cuadra con lo que declaras.
Lo tienes desarrollado en la Ley 58/2003, General Tributaria, artículos 93 y 94. Ahí están las obligaciones de información de terceros.
¿Qué obligación tengo de declarar mis ventas online y cobros por Bizum?
Todos. Sin matices. Todo rendimiento de actividad económica debe declararse, con independencia del medio de cobro. Lo fija el artículo 27 de la Ley 35/2006 del IRPF, y para el IVA, el artículo 4 de la Ley 37/1992: las entregas de bienes y prestaciones de servicios están sujetas salvo exención expresa.
Traducido a la práctica: si vendes ropa por Vinted como negocio, si haces tartas por encargo y cobras por Bizum, si vendes láminas en Etsy o si alquilas tu piso por Airbnb, estás realizando actividad económica. Y por tanto tienes que estar dado de alta en Hacienda (modelo 036 o 037), declarar IVA trimestral (modelo 303) y pagos fraccionados de IRPF (modelo 130 o 131).
La línea entre venta ocasional entre particulares y actividad económica la marcan la habitualidad, el ánimo de lucro y la ordenación por cuenta propia. Si vendes puntualmente cosas usadas de casa, generalmente no se considera actividad económica. Si vendes de forma habitual con margen, sí. Y ahí Hacienda ya no admite el “pero si era un hobby”.
Consulta la normativa completa de la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido y de la Ley 35/2006, del IRPF. Si tienes dudas sobre tu caso, en nuestra asesoría para autónomos lo revisamos contigo.
¿Qué es la DAC7 y por qué afecta a quien vende en plataformas digitales?
La DAC7 es una directiva europea que obliga a las plataformas digitales (Wallapop, Vinted, Amazon, Etsy, Airbnb, Uber, Cabify, Booking, y muchas más) a comunicar directamente a la AEAT los datos de los vendedores que operan en ellas: identificación, cuenta bancaria, número de operaciones, importes cobrados. Se transpuso a España mediante el Real Decreto-ley 13/2023, de 24 de octubre, que introdujo la Disposición Adicional Vigesimoquinta en la LGT.
El desarrollo reglamentario se hizo con el Real Decreto 117/2024, de 30 de enero. Cubre cuatro actividades: venta de bienes, prestación de servicios personales, alquiler de inmuebles y alquiler de medios de transporte.
El binomio Bizum Hacienda, control negocio digital cobra aquí su sentido completo: la AEAT ya no depende solo de cruzar tus datos con los del banco. Recibe información directa de las plataformas. Si lo que tú declaras no cuadra con lo que la plataforma informa, salta la alarma automáticamente.
¿Qué sanciones me pueden caer si no declaro correctamente?
El régimen sancionador está en los artículos 191 a 206 de la Ley 58/2003, LGT. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, según haya ocultación, medios fraudulentos y la cuantía dejada de ingresar. Y los importes se te van sumando: sanción base, intereses de demora, recargos.
Si no declaras y Hacienda te pilla, puede conllevar sanciones económicas significativas, cuya calificación (leve, grave o muy grave) dependerá de las circunstancias del caso conforme al artículo 191 LGT. Si además se usaron facturas falsas o se simularon operaciones, se puede entrar en el terreno del delito fiscal previsto en el Código Penal.
Ahora, si regularizas tú antes de que te requieran, los recargos del artículo 27 de la LGT (en su redacción vigente) son mucho más suaves que la sanción aplicable en caso de requerimiento previo.
Otra cosa que vemos mucho: cobros en efectivo por encima del límite legal. La Ley 7/2012, artículo 7.Uno (modificada por la Ley 11/2021) prohíbe pagar en efectivo operaciones de 1.000 € o más cuando alguna parte es empresario o profesional. La sanción es del 25% del importe pagado en efectivo, y son responsables solidarios pagador y receptor. Sí, los dos.
¿Cómo separo mi Bizum personal del profesional para evitar problemas?
Esta es la pregunta del millón. Y la respuesta es simple: separación total de cuentas. Una cuenta bancaria (con su Bizum asociado) para tu vida personal, y otra distinta afecta exclusivamente a la actividad económica. Lo respalda el artículo 29 de la Ley 35/2006, IRPF, sobre elementos patrimoniales afectos.
Si mezclas cobros de clientes con Bizum de tus amigos por la cena, con la devolución de tu hermano, con el pago del cumpleaños del sobrino… le estás poniendo a Hacienda una barra libre para meterte todo en el saco de ingresos no declarados. Y probar lo contrario después es un infierno.
Lo que recomendamos en la asesoría a autónomos y a nuestros clientes de asesoría fiscal para sociedades:
- Una cuenta profesional exclusiva para cobros de clientes.
- Bizum profesional asociado a esa cuenta, si el banco lo permite (algunos ya tienen Bizum Business).
- Concepto claro en cada cobro: número de factura, nombre del cliente, servicio prestado.
- Emisión de factura por cada cobro profesional, según el Real Decreto 1619/2012, Reglamento de facturación.
- Conciliación mensual de los movimientos de esa cuenta con tu contabilidad.
Y guarda todo cuatro años. Es el plazo de prescripción del artículo 66 de la LGT. Facturas, extractos, capturas de Bizum, tickets de plataformas. Todo. Si llevas una asesoría contable ordenada, esto ya lo tienes automatizado.
¿Qué hago si ya tengo cobros por Bizum sin declarar de años anteriores?
Lo primero: no cundir el pánico, pero moverse ya. Cada mes que pasa sin regularizar es más recargo y más riesgo. La vía correcta es presentar declaraciones complementarias del IVA (modelo 303) y del IRPF (modelo 100 o modelos trimestrales 130/131) de los ejercicios afectados, siempre dentro del plazo de prescripción de 4 años previsto en el artículo 66 LGT.
Si lo haces antes de que Hacienda te requiera, aplicas el sistema de recargos del artículo 27 LGT, generalmente más beneficioso que la sanción que corresponda si esperas al requerimiento.
El proceso que seguimos en la asesoría con estos casos:
- Reconstruir los ingresos reales año por año con extractos bancarios y datos de plataformas.
- Calcular IVA repercutido no ingresado y gastos deducibles con factura.
- Preparar y presentar complementarias de cada trimestre afectado.
- Regularizar el IRPF anual con la renta complementaria correspondiente.
- Calcular recargos e intereses para saber el coste total antes de presentar.
Hay clientes que llegan con miedo pensando que se les cae el mundo encima, y al hacer números descubren que regularizando salen adelante sin drama. Otros descubren que llevan años operando como aficionados y en realidad debían estar dados de alta como autónomos con su cuota RETA. Cada caso es un mundo. Puedes ver nuestras tarifas de asesoría si quieres una idea del coste.
¿Y si soy una SL y cobro por Bizum en la empresa?
Para una sociedad limitada el escenario es más rígido. La SL tiene contabilidad mercantil obligatoria, cuentas anuales, Impuesto sobre Sociedades. Cualquier cobro por Bizum entra en la caja de la empresa y debe estar contabilizado, con su factura emitida y su IVA repercutido correspondiente, según la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades.
El error clásico que vemos: el administrador usa su Bizum personal para cobrar de un cliente de la SL “por comodidad” y luego se olvida de meterlo en la sociedad. Eso es doble problema. Uno, ingreso no declarado en la SL. Dos, incremento patrimonial no justificado en el IRPF del administrador. Doble sanción posible.
Si tu sociedad recibe cobros por medios digitales, lo suyo es tener Bizum Business (o el equivalente de tu banco) vinculado a la cuenta corporativa, y que cada cobro genere factura numerada. Además, revisa que tu domicilio fiscal y actividades en el modelo 036 de la Agencia Tributaria estén al día.
En resumen
Hacienda vigila los cobros por Bizum y las ventas online a través de tres vías: información bancaria (art. 93 LGT), obligación de las plataformas digitales de reportar vendedores (DAC7, RDL 13/2023 y RD 117/2024), y cruces automáticos con lo que tú declaras. Todo ingreso de actividad económica tributa, sin excepción (art. 27 IRPF y art. 4 IVA). No declarar correctamente puede conllevar sanciones económicas significativas conforme al régimen sancionador de la LGT. Si regularizas voluntariamente antes del requerimiento, los recargos son generalmente mucho menores (art. 27 LGT). Separa cuenta personal y profesional, factura cada cobro, y conserva todo 4 años.
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